Un voto de odio en caso de mujer trans
La Corte Interamericana de Derechos Humanos publicó la sentencia por la cual condenó a Honduras por la muerte de Vicky Hernández en 2009, al acreditarse la participación de agentes estatales, quienes ejercieron violencia contra ella en razón de su identidad y expresión de género. Vicky era una mujer trans, trabajadora sexual y defensora de los derechos humanos.
Esta sentencia es de suma relevancia, pues es la primera vez que un país miembro de la Convención Americana de Derechos Humanos fue condenado por la muerte de una persona trans.
A pesar de lo vanguardista y garantista que podría parecer esta sentencia, la jueza Elizabeth Odio Benito formuló un voto disidente, en el cual considera que la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belém do Pará) no es aplicable para mujeres trans, pues su intención es proteger a mujeres biológicas.
Algunos de los argumentos expresados por la jueza para emitir este voto son: la identidad de género es una expresión difusa que busca sustituir erróneamente al sexo femenino con todas sus propiedades biológicas; la aplicación de la Convención en este caso hace desaparecer décadas de ardua lucha en contra de las discriminaciones y desigualdades; la sustitución del sujeto político del feminismo provocará que este desaparezca y también la teoría de los derechos humanos; la violencia que sufren las mujeres biológicas debe ser diferenciada de la que sufre una persona trans, pues una se da por el sexo y la otra por la identidad de género; y otras cuestiones técnicas e interpretativas que dejaban en duda si Vicky debía ser sujeto de protección de la Convención Belém do Pará. (Juan Antonio Corral Reséndiz) [Nexos]
Comments