Términos de Referencia de la Secretaría Ejecutiva del Grupo Autónomo de Trabajo
I. Fundamento Legal
El Grupo Autónomo de Trabajo (GAT) tiene, de acuerdo al Decreto publicado en el Periódico Oficial el 29 de junio de 2018, los siguientes objetivos:
1. Facilitar o mediar el diálogo entre familias y gobierno para darle seguimiento a la agenda de trabajo para la protección de los derechos de las personas desaparecidas y sus familiares, a partir de los estándares y mejores prácticas nacionales e internacionales en la materia; y
2. Emitir recomendaciones y/u opiniones al Gobierno del estado para el diseño, implementación y evaluación de la política pública del estado en la materia.
Y que entre las facultades que el Decreto otorga al GAT se incluye:
3. Proponer a las partes, para el desarrollo de sus funciones a personas, autoridades u organismos nacionales o internacionales, que estime necesarios, para coadyuvar en el desarrollo de la agenda de trabajo, en materia del Decreto.
II. Funciones Generales de la Secretaría Técnica
Colaborar con el GAT en el seguimiento y coordinación de las distintas reuniones de las familias de personas desaparecidas y autoridades, así como en la elaboración de insumos técnicos para el cumplimiento de los objetivos del GAT con el objetivo de lograr avances en la obtención de verdad, justicia, reparación integral y garantías de no repetición.
Sistematizar los acuerdos y responsabilidades específicas de las autoridades a fin de contar con elementos que permitan darle seguimiento y mantener una ruta de cumplimiento.
Mantener informadas a las personas integrantes del GAT, a las familias y a las autoridades sobre noticias, acciones, u otro tipo de aspecto que surja con motivo de lo derivado en las mesas de trabajo o la plenaria.
III. Funciones específicas
1. Estar en contacto permanente con el GAT;
2. Participar y dar seguimiento a las diversas mesas de trabajo entre las autoridades y las familias de personas desaparecidas (Plenaria, PROFADE, Coordinación Forense, Búsqueda e Investigación, submesa de visibilización, Armonización Legislativa, con el Poder Judicial y otras que se generen);
3. Fungir como enlace del GAT con:
a) Las distintas autoridades de las mesas arriba mencionadas y otras relevantes para el desarrollo del mandato del GAT;
b) Los colectivos de familiares de personas desaparecidas;
c) Otros actores a quienes el GAT le encomiende entrar en contacto;
4. Detectar en cada una de las mesas aspectos que requieran ser tratados en la reunión plenaria con el Gobernador, a fin de que puedan constituir parte central de la agenda de estas reuniones;
5. Rescatar los acuerdos de trabajo a los que se lleguen en cada una de las mesas y reuniones a tener;
6. Presentar un esquema de avances periódicos sobre cada uno de los temas, desglosado por autoridades;
7. Informar al GAT de los avances y dificultades que tengan las mesas y proponer recomendaciones que el GAT pueda hacer para la mejora de trabajo de las mesas;
8. Identificar y proponer al GAT puntos provenientes de las mesas que requieran ser llevados a la plenaria con el Gobernador;
9. Encargarse de la comunicación y coordinación con los colectivos de familiares de personas desaparecidas;
10. Elaborar insumos técnicos para el GAT (sistematización de información, investigación, formulación de borradores de propuestas o recomendaciones, etc.);
11. Elaborar un plan de trabajo anual, que deberá ser discutido y analizado conjuntamente con el GAT;
12. Coadyuvar con el GAT en la elaboración de la propuesta de agenda para la reunión plenaria con el Gobernador;
13. Transmitir los acuerdos a las partes correspondientes y encargarse de la comunicación con las familias.
IV. Requisitos
1. Radicar en el estado de Coahuila, de preferencia en la ciudad de Saltillo, o estar en disponibilidad de radicar en dicha ciudad;
2. Contar con una licenciatura en derecho, ciencias políticas/sociales, sociología, trabajo social, antropología social, etnología, psicología social, criminología o carreras afines;
3. Contar con conocimiento sobre la problemática en materia de desaparición de personas;
4. De preferencia, contar con 2 años de experiencia de participación en procesos de interlocución y diálogo entre las autoridades y víctimas;
5. Tener disponibilidad de participar en todas las mesas de interlocución entre las familias y las diversas autoridades estatales;
6. Disponibilidad de viajar a las distintas regiones del Estado.
V. Adscripción institucional
1. Con base en la solicitud de colaboración planteada por el GAT a la Academia Interamericana de Derechos Humanos (AIDH) de la Universidad Autónoma de Coahuila, se ha definido que la persona que ocupe la secretaría técnica estará adscrita al interior de dicha institución.
2. La persona secretaria adscrita al interior de la AIDH, tendrá plena autonomía de gestión de dicha dependencia;
3. La duración de la jornada laboral será de tiempo completo (40 horas a la semana);
4. Salario base: $35,000 (treinta y cinco mil pesos libres de impuestos);
5. La rendición de cuentas será directamente al GAT;
6. La Academia Interamericana de Derechos Humanos comunicará al GAT cualquier observación en relación a su desempeño laboral.
7. Los términos laborales se sujetarán a las condiciones que correspondan, de acuerdo con la Ley de la AIDH y las condiciones específicas señaladas en el contrato de prestación de servicios profesionales.
VI. Convocatoria y procedimiento de selección
1. La Convocatoria será publicada en los principales medios de comunicación de Coahuila y en las redes sociales de las autoridades relacionadas con el tema de desaparición de personas en el estado.
2. La convocatoria estará abierta hasta el 3 de abril del 2022. Solamente se tomarán en consideración las postulaciones recibidas hasta antes del cierre de la convocatoria.
3. Las personas interesadas deberán enviar al correo electrónico: gat.coahuila@gmail.com los siguientes documentos:
- Carta explicando el interés en este puesto;
- Curriculum vitae actualizado.
4. Se formará un Comité de Selección integrado por las personas que colaboran en el GAT y una persona de la Academia Interamericana de Derechos Humanos.
5. Después de revisar el cumplimiento de los requisitos, se citará a las personas seleccionadas a una entrevista virtual ante el Comité de Selección.
6. La decisión del Comité de Selección se dará a conocer cinco días hábiles después de la entrevista.
7. La persona seleccionada será presentada en la sesión plenaria que corresponda, para efectos de establecer las bases de comunicación con las familias y con las autoridades que conformen las mesas de interlocución.
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